CIC energiGUNE dispone de una política de prevención de riesgos laborales orientada a garantizar la protección de la seguridad y la salud de las personas trabajadoras y a integrar la prevención en todas las actividades del centro. Esta política se fundamenta en el compromiso de la Dirección con la mejora continua de las condiciones de trabajo y con el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral, especialmente la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
La organización establece que la prevención debe incorporarse desde las fases iniciales de planificación de proyectos, instalaciones y actividades. Para ello se realiza una evaluación inicial y sistemática de los riesgos inherentes a cada puesto de trabajo y se revisan periódicamente las condiciones laborales con el objetivo de identificar posibles riesgos y aplicar medidas correctoras adecuadas a la naturaleza de los mismos.
Entre los principios que rigen esta política se encuentra la consideración de la seguridad y salud laboral como una prioridad dentro de las actividades del centro, lo que implica que los requisitos de seguridad deben formar parte de los procesos de trabajo y de la toma de decisiones organizativas. Asimismo, la Dirección promueve una actitud activa en materia de prevención y fomenta la integración de las actividades preventivas en la gestión diaria.
La política también promueve la participación activa de las personas trabajadoras mediante acciones de información y formación que permitan mejorar el conocimiento de los riesgos asociados a cada actividad y de las medidas necesarias para prevenirlos o reducirlos. El diseño de instalaciones, equipos o procesos debe contemplar desde su origen criterios de seguridad, higiene y ergonomía, con el objetivo de mejorar las condiciones de trabajo y minimizar los riesgos.
Además, cuando se trabaja con empresas externas o proveedores, la organización establece la necesidad de coordinar las actividades preventivas y garantizar que dichas entidades cumplan con la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral.
CIC energiGUNE cuenta con un protocolo específico destinado a prevenir y gestionar situaciones de acoso en el entorno laboral. Este protocolo refleja el compromiso de la organización con la igualdad de oportunidades, el respeto a la diversidad y la creación de un entorno de trabajo seguro, inclusivo y respetuoso para todas las personas.
La política establece que cualquier forma de acoso, intimidación o hostigamiento es inaceptable y constituye una falta grave que puede conllevar medidas disciplinarias, incluida la finalización de la relación laboral. Estas conductas afectan negativamente al entorno de trabajo, a la salud y bienestar de las personas afectadas y al clima organizativo del centro.
El protocolo establece un código de conducta que obliga a todas las personas de la organización a actuar con respeto y dignidad hacia sus compañeros y hacia cualquier persona vinculada al centro. Asimismo, se establece una responsabilidad especial para las personas con funciones de supervisión o liderazgo, quienes deben actuar activamente para prevenir, detectar y detener cualquier comportamiento inapropiado.
Entre las conductas consideradas como acoso se incluyen el acoso laboral o psicológico (mobbing o bullying), el acoso sexual, el acoso por razón de sexo, el acoso relacionado con la identidad de género o la orientación sexual, así como el ciberacoso o cualquier comportamiento intimidatorio que se produzca mediante medios digitales. Estas conductas se caracterizan por ser comportamientos no deseados que vulneran la dignidad de la persona y generan un entorno intimidatorio, hostil, degradante o humillante.
El protocolo también establece un procedimiento interno para la gestión de quejas o denuncias. Siempre que sea posible, se recomienda intentar una resolución informal en una primera fase, aunque cualquier persona afectada puede iniciar un procedimiento formal. Durante el proceso se garantiza la confidencialidad, la imparcialidad en la investigación y la protección frente a posibles represalias para quienes presenten una denuncia de buena fe.
La investigación de las denuncias se realiza de forma objetiva y confidencial, normalmente en un plazo aproximado de treinta días laborables, tras lo cual se adoptarán las medidas necesarias en función de los resultados obtenidos, incluyendo medidas disciplinarias o correctivas si se confirma la existencia de acoso.
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